DecretoDerogado
Decreto 416 de 1983
Por el cual se adopta el proyecto especial para el Fomento y Desarrollo de las Ciencias y las Tecnologías del mar FONDEMAR
7artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Califícase Como Proyecto Especial Del Fondo Colombiano De Investigaciones Científicas Y Proyectos Especiales "francisco José De Caldas" Colciencias, El Proyecto Para El Fomento Y Desarrollo De Las Ciencias Y Las Tecnologías Del Mar Fondemar, En Aplicación Del Literal G) Del Artículo 7° Del Decreto-Ley 2869 De 19682El Proyecto Especial Para El Fomento Y Desarrollo De Las Ciencias Y Las Tecnologías Del Mar Fondemar, Tendrá Como Finalidad Principal La De Promover, Financiar Y Asegurar La Ejecución Del Plan De Desarrollo De Las Ciencias Y Las Tecnologías Del Mar, De Acuerdo Con Las Prioridades Que Establezca La Comisión Colombiana De Oceanografía3Serán Objetivos Específicos Del Proyecto Especial Los Siguientes: A) Contribuir Al Fortalecimiento De La Infraestructura Científica Y Tecnológica Nacional En Materia Oceanográfica4El Proyecto Especial Para El Fomento Y Desarrollo De Las Ciencias Y Las Tecnologías Del Mar Fondemar, Contará Con La Siguiente Estructura: A) Un Fondo Cuenta, Ubicado En Colciencias, Cuyo Objetivo Es El De Financiar Los Programas Y Actividades Que Se Formulen En El Desarrollo De Este Proyecto Especial Y Del Plan Nacional De Ciencias Del Mar5El Proyecto Especial Para El Fomento Y Desarrollo De Las Ciencias Y Las Tecnologías Del Mar Fondemar, Estará Financiado Con Recursos Del Presupuesto Nacional Provenientes De Los Sectores De Educación, Agropecuario, Desarrollo, Salud, Transporte, Trabajo, Minas Y Energía, Así Como Recursos Provenientes De Cooperación Técnica Internacional, Crédito Externo Y De Otras Fuentes Nacionales Que El Gobierno Asigne Para Tal Fin6Corresponde A La Junta Directiva De Colciencias Aprobar La Reglamentación Que Regirá La Estructura Y La Operación Del Proyecto Especial Para El Fomento Y Desarrollo De Las Ciencias Y Las Tecnologías Del Mar Fondemar7El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Promulgación
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Belisario BetancurPresidente de la República
- Roberto Junguito BonnettEl Ministro de Agricultura
- Jaime Pinzón LópezEl Ministro de Trabajo y Seguridad Social
- Jorge García GómezEl Ministro de Salud
- Roberto Gerlein EcheverríaEl Ministro de Desarrollo Económico
- Carlos Martínez SimahánEl Ministro de Minas y Energía
- Jaime AriasEl Ministro de Educación Nacional
- José Fernando Isaza DelgadoEl Ministro de Obras Públicas y Transporte