DecretoVigente
Decreto 4 de 1929
Por el cual se crea en la Policía Nacional una Sección destinada a la vigilancia del ferrocarril del Carare
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Créase En La División De Vélez De La Policía Nacional, Una Sección Con El Personal Y Las Asignaciones Que Se Expresan, Destinada A La Vigilancia Del Ferrocarril Del Carare: Un Comisario, Con $ 200 De Sueldo Mensual2Las Partidas Para Atender A Los Sueldos, Vestuario, Alojamiento, Transporte Y Sanidad Del Personal Se Imputarán Al Artículo 2050 Del Capítulo 129 De La Ley De Apropiaciones De La Presente Vigencia3Los Pagos Se Barán Por Conducto Del Habilitado De La Policía Nacional, Quien Para El Efecto Del Cobro Presentará A La Oficina Correspondiente Del Ministerio De Obras Públicas Las Cuentas Respectivas
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