DecretoVigente
Decreto 390 de 1899
Por el cual se suspenden en parte los efectos de la Ley 46 de 15 de diciembre de 1898
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Suspéndase Como Árbitro Rentístico, Los Efectos Del Inciso 1° De Los Artículos 1° Y 2° De La Ley 46 De 15 De Diciembre De 18982Autorizase Expresamente Al Ministerio Del Tesoro Para Entablar Y Llevar A Cabo La Negociación Que, Mediante Este Decreto, Pueda Hacerse En Provecho Del Erario, Negociación Que, Para Que Tenga Efecto, Debe Someterse Previamente Á La Aprobación Del Poder Ejecutivo
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Manuel A. SanclamentePresidente de la República
- Rafael M. PalacioEl Ministro de Gobierno
- Carlos Cuervo MárquezEl Ministro de Relaciones Exteriores
- Carlos CaldeeronEl Ministro de Hacienda, encargado del Despacho del Tesoro · encargado
- José SantosEl Ministro de Guerra
- Marco F. SuárezEl Ministro de Instrucción Pública