Decreto
Decreto 39 de 2024
por el cual se prorroga el Cese al Fuego Bilateral, Nacional y Temporal en el marco del diálogo de carácter político entre el Gobierno nacional y el Ejército de Liberación Nacional (ELN).
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Prorrogar El Cese Al Fuego Bilateral, Nacional Y Temporal (Cfbnt) Entre El Gobierno Nacional Y La Organización Armada Rebelde Ejército De Liberación Nacional (Eln), A Partir De Las 00:00 Horas Del Día 30 De Enero De 2024 Hasta Las 24:00 Horas Del 5 De Febrero De 20242Las Demás Disposiciones Incorporadas En El Decreto Número 1117 Del 5 De Julio De 2023, Que No Sean Contrarias A Este Decreto, Quedan Vigentes3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Gustavo Petro UrregoEl Presidente de la República de Colombia en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por los artículos 22, 188 y 189 de la Constitución Política, la Ley 2272 de 2022 que prorroga, modifica y adiciona la ley 418 de 1997, Ley 548 de 1999, Ley 782 de 2002, Ley 1106 de 2006, Ley 1421 de 2010, Ley 1738 de 2014, la Ley 1941 de 2018, y
- Ana Catalina Cano LondoñoLa Ministra de Defensa Nacional (e)