DecretoVigencia En Estudio
Decreto 3882 de 1948
Por el cual se abren unos créditos al Presupuesto vigente
5artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Hácense Los Siguientes Contracréditos Al Presupuesto De Rentas Y Recursos Fiscales Del Tesoro De La Nación, Para El Período Fiscal De 1º De Enero A 31 De Diciembre De 1948, Así: Capitulo 1º Bienes Nacionales2Hácense Los Siguiente Contracrétos A La Ley De Apropiaciones Vigente: Ministerio De Agricultura3Adiciónanse Los Cómputos Líquidos Del Presupuesto Nacional De Rentas Y Recursos Del Tesoro De La Nación, Para La Vigencia Fiscal De 1948, En La Cantidad De Doscientos Cuarenta Y Tres Millones Novecientos Setenta Y Tres Mil Quinientos Ochenta Y Seis Pesos Con Setenta Y Cinco Centavos ($ 2434Con Base En La Suma De Quince Millones Seiscientos Diez Y Ocho Mil Quinientos Setenta Pesos Con Cuarenta Centavos ($ 155El Presente Decreto Rige Desde Su Fecha
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Mariano Ospina PérezPresidente de la República
- Darío EchandiaEl Ministro de Gobierno
- Eduardo Zuleta AngelEl Ministro de Relaciones Exteriores
- Samuel Arango ReyesEl Ministro de Justicia
- José María BernalEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Teniente General Germán OcampoEl Ministro de Guerra
- Pedro Castro MonsalvoEl Ministro de Agricultura y Ganadería
- Evaristo SourdisEl Ministro de Trabajo
- Jorge Del C. Mesa MachucaEl Ministro de Higiene
- Alonso Aragón QuinteroEl Ministro de Minas y Petróleos
- Fabio Lozano YlozanoEl Ministro de Educación Nacional
- José Vicente Dávila TelloEl Ministro de Correos y Telégrafos
- Luis Ignacio AndradeEl Ministro de Obras Públicas