Decreto
Decreto 379 de 2026
por el cual se modifica el artículo 3.2.7.5 del Título 7 de la Parte 2 del Libro 3 del Decreto número 780 de 2016, Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social.
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Gustavo Petro UrregoEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, el parágrafo 2° del artículo 204 de la Ley 100 de 1993, el artículo 33 de la Ley 1438 de 2011, modificado por el artículo 9° de la Ley 797 de 2003, y en desarrollo del parágrafo 1° del artículo 89 de la Ley 2277 de 2022 y
- Germán Ávila PlazasEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Guillermo Alfonso Jaramillo MartínezEl Ministro de Salud y Protección Social
- Antonio Sanguino PáezEl Ministro de Trabajo