DecretoVigente
Decreto 3778 de 1950
Por el cual se destina una partida para gastos de Intercambio Cultural
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1De Los Fondos Apropiados En El Capítulo 94, Artículo 1162 Del Presupuesto Nacional Vigente, Para El Sostenimiento De Becas En El Exterior, En Todos Los Ramos De La Enseñanza, Inclusive Viáticos, Especialmente Para Los Becados Por La Sociedad Bolivariana De Wáshington O New York Y Atender A Los Gastos Que Demanda El Servicio De Becas E Intercambio Cultural, En El Año, Destínase Al Suma De Tres Mil Pesos ($ 32El Pago De Las Cuentas Que Se Produzcan Por Concepto De Los Gastos A Que Se Refiere El Artículo Anterior Se Efectuará Por Las Pagaduría Del Ministerio De Educación Nacional A La Presentacaón De Las Cuentas De Cobro En Forma Legal, Debidamente Visadas Por El Director Del Departamento De Becas E Intercambio Cultural
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