DecretoVigente
Decreto 3635 de 1985
Por el cual se establece la obligación de enviar unos informes.
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Los Tesoreros De Las Secciones Delegadas De Pagaduría De La Dirección General De Tesorería Y Los Pagadores Y Recaudadores Dependientes De Las Administraciones De Impuestos Nacionales, Deberán Informar A La División Delegada De Presupuesto Ante La Rama Jurisdiccional, Dentro De Los Diez (10) Primeros Días De Cada Mes El Valor Mensual De La Nómina Pagada En El Mes Inmediatamente Anterior, Para Que Esta Dependencia Efectúe La Relación De Autorización Correspondiente Al Cuatro Por Ciento (4%) De La Citada Nómina, A Favor De Las Diferentes Cajas De Compensación Familiar A Que Estén Afiliados Los Servidores De La Rama Jurisdiccional2El Incumplimiento De Lo Dispuesto En El Artículo Anterior Será Causal De Mala Conducta3º
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