DecretoVigente
Decreto 355 de 1963
Por el cual se establece un nuevo régimen de importación para algunas Posiciones del Arancel de Aduanas
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Para Todos Los Efectos Legales, Quedarán Sujetas Al Régimen De Libre Importación Las Mercancías Denominadas Y Comprendidas En Los Numerales Del Arancel De Aduanas, Que Se Detallan A Continuación: Posición Denominación 38 Ambas Gris, Castóreo, Almizcle, Civeta, Cantáridas Y Otros Productos Similares2El Presente Decreto Regirá A Partir De La Fecha De Su Expedición Comuníquese Y Cúmplase
03