Micelio
DecretoVigente

Decreto 3511 de 1985

Por el cual se aprueba un acuerdo del Comité Nacional de Cafeteros.

2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad

Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02

Artículos de la norma

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1Apruébase El Acuerdo Número 21 De Octubre 17 De 1985 Del Comité Nacional De Cafeteros, Cuyo Texto Dice Lo Siguiente: Acuerdo Numero 21 De 1985 ( Octubre 17) El Comité Nacional De Cafeteros, En Uso De Sus Atribuciones, Y Considerando: A) Que Con Base En El Decreto Número 2078 De 1940 Y En Las Disposiciones Que Lo Adicionan Y Lo Reforman, El Gobierno Y La Federación Celebraron, El 11 De Diciembre De 1940, Un Contrato Sobre Manejo Del Fondo Nacional Del Café E Intervención A Los Mercados Cafeteros Para El Cumplimiento Del Convenio Interamericano Sobre Cuotas De Exportación, Contrato Que Ha Sido Adicionado Y Complementado Por Otros Posteriores Y De Manera Especial Por El De Diciembre 20 De 1978, Sobre Prestación De Servicios Y Administración Y Manejo Del Fondo Nacional Del Café, Celebrados Entre Las Mismas Partes Con El Objeto De Solucionar, De Acuerdo Con La Experiencia Obtenida En El Desarrollo Del Mismo, Aquellos Puntos Que No Se Previeron Originalmente Y A Fin De Dar Aplicación A Normas Legales Y A Disposiciones De Los Congresos Cafeteros; B) Que La Federación Nacional De Cafeteros De Colombia, Con Recursos Del Fondo Nacional Del Café, Es Accionista De La Sociedad Denominada Compañía Comercializadora Internacional De Productos Agrícolas Cafeteros Limitada 'comercafé', Con Domicilio En Bogotá; C) Que Para Que La Sociedad Pueda Cumplir Sus Fines, Es Necesario Aumentar Su Capital; D) Que A La Federación Nacional De Cafeteros De Colombia, Corresponde Un Aporte En Este Aumento De Capital, Por Valor De Noventa Millones De Pesos ($ 902º Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
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