DecretoDerogado
Decreto 35 de 1989
Por el cual se establecen las escalas de remuneración correspondientes a los funcionarios integrantes del Grupo de Estudios Especiales del Departamento Nacional de Planeación.
5artículos
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0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1A Partir Del 1º De Enero De 1989, Las Escalas De Remuneración Mensual Correspondientes A Los Funcionarios De La Planta De Personal Del Departamento Nacional De Planeación, Integrantes Del Grupo De Estudios Especiales A Que Se Refiere El Artículo 68 Del Decreto 3152 De 1986 Serán Las Siguientes: Escala Del Nivel Directivo Código Grado Asignación Mensual 0045 01 $ 3832La Remuneración Mensual Del Subjefe Del Departamento Nacional De Planeación, Será Equivalente A La Que, Por Todo Concepto, Se Determine Para Los Viceministros Del Despacho3El Empleo De Jefe De Sección 2075 Grado 05 Podrá Ser Remunerado Con Cargo Al Grupo De Estudios Especiales Y Tendrá Una Asignación Mensual De Ciento Noventa Y Seis Mil Seiscientos Cincuenta Pesos ($1964De Conformidad Con El Artículo 68 Del Decreto 3152 De 1986, La Calidad De Integrante Del Grupo De Estudios Especiales Será Determinada Por El Jefe Del Departamento Nacional De Planeación5El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación, Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias, En Especial El Decreto-Ley 124 De 1988, Y Surte Efectos Fiscales A Partir Del 1º De Enero De 1989
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Virgilio BarcoEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 77 de 1988
- Luis Fernando Alarcón MantillaEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- María Mercedes Cuellar De MartínezEl Jefe del Departamento Nacional de Planeación
- Joaquín Barreto RuizEl Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil