DecretoVigente
Decreto 3268 de 1949
Por el cual se deroga el artículo 1º del Decreto 1682 de 1948
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Derógase El Artículo 1° Del Decreto 1682 De 19482Las Solicitudes De Radiofonistas, En Curso En El Ministerio De Correos Y Telégrafos, Serán Entregadas Bajo Inventario Con Sus Antecedentes A La Asociación Nacional De Radiodifusión, Para Cumplir Los Fines Señalados Por El Decreto Número 2574, De 23 De Agosto De 19493El Presente Decreto Regirá Desde Su Sanción
03