DecretoVigencia En Estudio
Decreto 3218 de 1953
Por el cual se modifica la parte pertinente del marcado con el número 1325 de 1953
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1El Servicio Territorial Y Movilización De Los Fuerzas Armadas Queda Organizado En La Forma Siguiente: A) En El Estado Mayor General: Dirección De Servicio Territorial Y Movilización De Las Fuerzas Armadas, B) En Cada Uno De Los Comandos De Fuerza: Ejército, Armada, Fuerza Aérea Y Fuerzas De Policía2Por Decreto Separado Se Indicará La Composición De Las Respectivas Direcciones De Este Servicio3Quedan En Esta Forma Modificada La Parte Pertinente Del Decreto Extraordinario Número 1325 De 1953
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Teniente General Gustavo Rojas PinillaPresidente de la República
- Lucio Pabón NúñezEl Ministro de Gobierno
- Evaristo SourdisEl Ministro de Relaciones Exteriores
- Antonio Escobar CamargoEl Ministro de Justicia
- Carlos VillavecesEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Gustavo Berio MEl Ministro de Guerra
- Aurelio Caicedo AyerbeEl Ministro del Trabajo
- Bernardo Henao MejíaEl Ministró de Salud Pública
- Alfredo Rivera ValderramaEl Ministro de Fomento
- Pedro Nel Rueda UribeEl Ministro de Minas y Petróleos
- Manuel Mosquera GracésEl ministro de educación Nacional
- Manuel AgudeloEl Ministro de Comunicaciones, encargado del despacho de Agricultura · encargado
- Santago Trujillo GomezEl Ministro de Obras Públicas