DecretoVigente
Decreto 3186 de 2004
por el cual se delega en el Ministro de Hacienda y Crédito Público la facultad para celebrar en nombre de la Nación un contrato de empréstito externo.
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Delégase En El Ministro De Hacienda Y Crédito Público La Facultad Para Celebrar, En Nombre De La Nación, El Contrato De Préstamo Denominado “programa Sectorial De Servicios Públicos” Con El Banco Interamericano De Desarrollo, Bid, Por La Suma De Seiscientos Millones De Dólares De Los Estados Unidos De América (Usd 6002El Presente Decreto Rige Desde La Fecha De Su Publicación
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Álvaro Uribe VélezEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confieren el artículo 211 de la Constitución Política y el artículo 12 de la Ley 80 de 1993
- Bernardo Moreno VillegasEl Director Departamento Administrativo de la Presidencia de la República