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decreto 3186 de 2004

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el Ministro de Hacienda y Crédito Público la facultad para celebrar en n

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confieren el artículo 211 de la Constitución Política y el artículo 12 de la Ley 80 de 1993

Artículo 1Delégase En El Ministro De Hacienda Y Crédito Público La Facultad Para Celebrar, En Nombre De La Nación, El Contrato De Préstamo Denominado “programa Sectorial De Servicios Públicos” Con El Banco Interamericano De Desarrollo, Bid, Por La Suma De Seiscientos Millones De Dólares De Los Estados Unidos De América (Usd 600

°. Delégase en el Ministro de Hacienda y Crédito Público la facultad para celebrar, en nombre de la Nación, el contrato de préstamo denominado “Programa Sectorial de Servicios Públicos” con el Banco Interamericano de Desarrollo, BID, por la suma de seiscientos millones de dólares de los Estados Unidos de América (USD 600.000.000).

Artículo 2El Presente Decreto Rige Desde La Fecha De Su Publicación

°. El presente decreto rige desde la fecha de su publicación.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confieren el artículo 211 de la Constitución Política y el artículo 12 de la Ley 80 de 1993
El Director Departamento Administrativo de la Presidencia de la República