Micelio
DecretoVigente

Decreto 3180 de 2011

por medio del cual se modifican los niveles porcentuales del Certificado de Reembolso Tributario - CERT y se dictan otras disposiciones.

8artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad

Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
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Artículos de la norma

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1Para Las Exportaciones De Los Productos Clasificados Por Los Siguientes Capítulos, Partidas Y Subpartidas Del Arancel De Aduanas, Embarcadas Entre El 1° De Enero De 2011 Y El 30 De Abril De 2011, El Nivel Del Certificado De Reembolso Tributario - Cert Será De Uno Punto Cinco Por Ciento (1,5%): Capítulo Capítulo 87, Excepto La Partida Arancelaria 872Para El Reconocimiento Del Certificado De Reembolso Tributario - Cert De Que Trata El Presente Decreto, El Exportador Deberá Aportar Certificación Suscrita Por El Revisor Fiscal Y Representante Legal, O En Su Defecto Por Contador Inscrito Y Representante Legal, En La Que Se Acredite Encontrarse A Paz Y Salvo Respecto De Los Aportes Parafiscales Que La Ley Impone Al Empleador3Cuando Se Trate De Operaciones De Exportación Efectuadas Desde El Resto Del Territorio Aduanero Nacional Con Destino A Una Zona Franca, El Reconocimiento Del Certificado De Reembolso Tributario - Cert Establecido En El Presente Decreto, Procederá Siempre Y Cuando Los Bienes Sean Efectivamente Recibidos Por El Usuario Industrial Y Se Demuestre Que Estos Fueron Enviados A Terceros Países Por Parte Del Mismo4El Plazo Máximo Para La Presentación De Las Solicitudes De Reconocimiento Del Certificado De Reembolso Tributario - Cert De Que Trata El Presente Decreto, Será Hasta El 31 De Octubre De 20115Los Certificados De Reembolso Tributario - Cert Que Se Expidan Durante La Vigencia 2011 Caducarán El 31 De Diciembre De 2012 Y Solamente Dentro De Este Término Podrán Negociarse Libremente O Utilizarse Para El Pago De Impuestos, En Los Términos Establecidos En El Artículo 10 Del Decreto 636 De 19846Las Medidas Adoptadas Por El Presente Decreto No Serán Aplicables A Las Exportaciones Destinadas A Bolivia, Ecuador, Perú Y Venezuela7Los Certificados De Reembolso Tributario - Cert Que Se Reconozcan En Cumplimiento Del Presente Decreto, Estarán Sujetos A Las Disponibilidades Presupuestales De La Vigencia 20118El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias
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Firmas