Micelio

Artículo 2

Para El Reconocimiento Del Certificado De Reembolso Tributario - Cert De Que Trata El Presente Decreto, El Exportador Deberá Aportar Certificación Suscrita Por El Revisor Fiscal Y Representante Legal, O En Su Defecto Por Contador Inscrito Y Representante Legal, En La Que Se Acredite Encontrarse A Paz Y Salvo Respecto De Los Aportes Parafiscales Que La Ley Impone Al Empleador

Decreto 3180 de 2011 · por medio del cual se modifican los niveles porcentuales del Certificado de Reembolso Tributario - CERT y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Para el reconocimiento del Certificado de Reembolso Tributario - CERT de que trata el presente decreto, el exportador deberá aportar certificación suscrita por el revisor fiscal y representante legal, o en su defecto por contador inscrito y representante legal, en la que se acredite encontrarse a paz y salvo respecto de los aportes parafiscales que la ley impone al empleador.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3180 de 2011