DecretoDerogado
Decreto 3124 de 2007
por el cual se establece la planta de personal de Empleados Públicos del Ministerio de Defensa Nacional-Unidad de Gestión General y se dictan otras disposiciones.
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0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Las Funciones Propias Del Ministerio De Defensa Nacional-Unidad De Gestión General, Serán Desarrolladas Por La Planta De Personal De Empleados Públicos Que Se Establece A Continuación: Despacho Del Ministro N° Cargos Denominacion Codigo Grado 1 (Uno) Ministro 0005 - 6 (Seis) Asesor Del Sector Defensa 2-2 32 1 (Uno) Asesor Del Sector Defensa 2-2 30 3 (Tres) Asesor Del Sector Defensa 2-2 26 1 (Uno) Asesor Del Sector Defensa 2-2 18 1 (Uno) Técnico Para Apoyo De Seguridad Y Defensa 5-1 24 1 (Uno) Técnico Para Apoyo De Seguridad Y Defensa 5-1 22 Despacho Del Viceministro Para Las Politicas Y Asuntos Internacionales N° Cargos Denominacion Codigo Grado 1 (Uno) Viceministro 0020 - 1 (Uno) Asesor Del Sector Defensa 2-2 32 1 (Uno) Asesor Del Sector Defensa 2-2 30 3 (Tres) Asesor Del Sector Defensa 2-2 26 2 (Dos) Asesor Del Sector Defensa 2-2 22 1 (Uno) Profesional De Defensa 3-1 18 1 (Uno) Técnico Para Apoyo De Seguridad Y Defensa 5-1 24 Despacho Del Viceministro Para La Estrategia Y Planeacion N° Cargos Denominacion Codigo Grado 1 (Uno) Viceministro 0020 - 1 (Uno) Asesor Del Sector Defensa 2-2 32 3 (Tres) Asesor Del Sector Defensa 2-2 26 1 (Uno) Asesor Del Sector Defensa 2-2 22 1 (Uno) Profesional De Defensa 3-1 18 1 (Uno) Técnico Para Apoyo De Seguridad Y Defensa 5-1 24 Despacho De La Secretaria General Del Ministerio De Defensa N° Cargos Denominacion Codigo Grado 1 ( Uno) Secretario General De Ministerio De Defensa 1-1 23 1 (Uno) Asesor Del Sector Defensa 2-2 32 1 (Uno) Asesor Del Sector Defensa 2-2 30 3 (Tres) Asesor Del Sector Defensa 2-2 26 1 ( Uno) Asesor Del Sector Defensa 2-2 24 Planta Global N° Cargos Denominacion Codigo Grado 1 (Uno) Director Del Sector Defensa 1-3 21 15 (Quince) Director Del Sector Defensa 1-3 18 3 (Tres) Jefe De Oficina Del Sector Defensa 1-4 15 1 (Uno) Obispo Castrense 1-5 - 1 (Uno) Vicario Castrense 1-5-1 - 2(Dos) Asesor Del Sector Defensa 2-2 30 4 (Cuatro) Asesor Del Sector Defensa 2-2 26 1 ( Uno) Asesor Del Sector Defensa 2-2 24 4 (Cuatro) Asesor Del Sector Defensa 2-2 22 11 (Once) Asesor Del Sector Defensa 2-2 18 3 (Tres) Asesor Del Sector Defensa 2-2 14 4 (Cuatro) Asesor Del Sector Defensa 2-2 10 8 (Ocho) Asesor Del Sector Defensa 2-2 8 6 (Seis) Asesor Del Sector Defensa 2-2 6 6 (Seis) Asesor Del Sector Defensa 2-2 4 6 (Seis) Asesor Del Sector Defensa 2-2 2 1 (Uno) Profesional De Defensa 3-1 21 20 (Veinte) Profesional De Defensa 3-1 18 9 (Nueve) Profesional De Defensa 3-1 16 16 (Dieciséis) Profesional De Defensa 3-1 14 18 (Dieciocho) Profesional De Defensa 3-1 12 2 (Dos) Profesional De Defensa 3-1 11 37 (Treinta Y Siete) Profesional De Defensa 3-1 10 24 (Veinticuatro) Profesional De Defensa 3-1 8 17 (Diecisiete) Profesional De Defensa 3-1 6 1 (Uno) Orientador Espiritual 4-1 20 2 (Dos) Orientador Espiritual 4-1 18 2 (Dos) Técnico Para Apoyo De Seguridad Y Defensa 5-1 33 1 (Uno) Técnico Para Apoyo De Seguridad Y Defensa 5-1 32 1 (Uno) Técnico Para Apoyo De Seguridad Y Defensa 5-1 30 1 (Uno) Técnico Para Apoyo De Seguridad Y Defensa 5-1 28 11 (Once) Técnico Para Apoyo De Seguridad Y Defensa 5-1 26 14 (Catorce) Técnico Para Apoyo De Seguridad Y Defensa 5-1 24 14 (Catorce) Técnico Para Apoyo De Seguridad Y Defensa 5-1 22 1 (Uno) Técnico Para Apoyo De Seguridad Y Defensa 5-1 21 2 (Dos) Técnico Para Apoyo De Seguridad Y Defensa 5-1 18 6 (Seis) Técnico Para Apoyo De Seguridad Y Defensa 5-1 17 11 (Once) Técnico Para Apoyo De Seguridad Y Defensa 5-1 14 17 (Diecisiete) Técnico Para Apoyo De Seguridad Y Defensa 5-1 12 1 (Uno) Técnico Para Apoyo De Seguridad Y Defensa 5-1 7 2 (Dos) Técnico Para Apoyo De Seguridad Y Defensa 5-1 6 2 (Dos) Técnico De Servicios 5-1 26 5 (Cinco) Técnico De Servicios 5-1 24 1 (Uno) Técnico De Servicios 5-1 22 2 (Dos) Técnico De Servicios 5-1 17 2 (Dos) Técnico De Servicios 5-1 14 1 (Uno) Auxiliar Para Apoyo De Seguridad Y Defensa 6-1 22 5 (Cinco) Auxiliar Para Apoyo De Seguridad Y Defensa 6-1 20 16 (Dieciséis) Auxiliar Para Apoyo De Seguridad Y Defensa 6-1 19 12 (Doce) Auxiliar Para Apoyo De Seguridad Y Defensa 6-1 16 24 (Veinticuatro) Auxiliar Para Apoyo De Seguridad Y Defensa 6-1 14 1 (Uno) Auxiliar Para Apoyo De Seguridad Y Defensa 6-1 12 3 (Tres) Auxiliar Para Apoyo De Seguridad Y Defensa 6-1 11 2 (Dos) Auxiliar Para Apoyo De Seguridad Y Defensa 6-1 10 21 (Veintiuno) Auxiliar Para Apoyo De Seguridad Y Defensa 6-1 7 14 (Catorce) Auxiliar Para Apoyo De Seguridad Y Defensa 6-1 6 14 (Catorce) Auxiliar Para Apoyo De Seguridad Y Defensa 6-1 5 7 (Siete) Auxiliar De Servicios 6-1 19 2 (Dos) Auxiliar De Servicios 6-1 16 1 (Uno) Auxiliar De Servicios 6-1 14 1 (Uno) Auxiliar De Servicios 6-1 12 2 (Dos) Auxiliar De Servicios 6-1 9 2 (Dos) Auxiliar De Servicios 6-1 7 486 Total Cargos2El Ministro De Defensa Nacional, O Quien Este Delegue, Mediante Resolución Distribuirá Los Cargos De La Planta Global Y Ubicará El Personal Teniendo En Cuenta La Estructura, Los Planes, Los Programas Y Las Necesidades Del Servicio3Los Funcionarios Que A La Fecha De La Expedición Del Presente Decreto Se Encuentren Prestando Sus Servicios En La Planta De Personal De Empleados Públicos Del Ministerio De Defensa Nacional - Unidad De Gestión General, Serán Incorporados En Los Cargos De Los Que Trata El Artículo 1°, En Un Término Máximo De Treinta (30) Días Contados A Partir De La Fecha De Su Publicación4El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Deroga Los Decretos 1588 De 2000, 1983 De 2002, 058 De 2003, 1296 De 2003 Y 3500 De 2006
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Álvaro Uribe VélezEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales en especial de las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y los artículos 54 literal n) y 115 de la Ley 489 de 1998, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 21 del Decreto-ley 092 de 2007, y
- Oscar Iván Zuluaga EscobarEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Juan Manuel Santos CEl Ministro de Defensa Nacional
- Fernando Grillo RubianoEl Director del Departamento Administrativo de la Función Pública