en ejercicio de las facultades constitucionales y legales en especial de las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y los artículos 54 literal n) y 115 de la Ley 489 de 1998, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 21 del Decreto-ley 092 de 2007, y CONSIDERANDO: Que el Ministerio de Defensa Nacional-Unidad de Gestión General presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública, la justificación técnica de que tratan las disposiciones vigentes, el cual emitió concepto técni
Considerando · 4 motivos
Que el Ministerio de Defensa Nacional-Unidad de Gestión General presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública, la justificación técnica de que tratan las disposiciones vigentes, el cual emitió concepto técnico favorable y cuenta con el certificado de viabilidad presupuestal expedido por la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para efectos de establecer su planta de personal de conformidad con el Sistema de Nomenclatura y Clasificación de Empleos contemplada en el Decreto-ley 092 de 2007 y a la nueva estructura;
Que mediante Resolución Ministerial, fue expedida la Tabla de Organización “TO” de los empleos de la Planta de Personal del Ministerio de Defensa Nacional-Unidad de Gestión General a que se refiere el artículo 20 del Decreto 092 de 2007 en la cual se efectuaron las equivalencias de los empleos de acuerdo a la nomenclatura y clasificación establecida en el mencionado decreto;
Que el artículo 21 del Decreto 092 de 2007, ordenó que la Planta de Personal debe ser ajustada al Sistema de Nomenclatura y Clasificación de Empleos del Sector Defensa establecido en el mismo Decreto, con fundamento en la Tabla de Organización “TO” expedida para cada entidad o dependencia;
Que teniendo en cuenta que las denominaciones para los empleos de Ministro y Viceministros, no se encuentran en el Sistema de Nomenclatura y Clasificación de Empleos de las Entidades que integran el Sector Defensa, Decreto-ley 092 de 2007, dichas denominaciones se incluirán de acuerdo a lo dispuesto por el Sistema de Nomenclatura y Clasificación de Empleos de la Rama Ejecutiva en el Decreto 2489 de 2006;
Artículo 1Las Funciones Propias Del Ministerio De Defensa Nacional-Unidad De Gestión General, Serán Desarrolladas Por La Planta De Personal De Empleados Públicos Que Se Establece A Continuación: Despacho Del Ministro N° Cargos Denominacion Codigo Grado 1 (Uno) Ministro 0005 - 6 (Seis) Asesor Del Sector Defensa 2-2 32 1 (Uno) Asesor Del Sector Defensa 2-2 30 3 (Tres) Asesor Del Sector Defensa 2-2 26 1 (Uno) Asesor Del Sector Defensa 2-2 18 1 (Uno) Técnico Para Apoyo De Seguridad Y Defensa 5-1 24 1 (Uno) Técnico Para Apoyo De Seguridad Y Defensa 5-1 22 Despacho Del Viceministro Para Las Politicas Y Asuntos Internacionales N° Cargos Denominacion Codigo Grado 1 (Uno) Viceministro 0020 - 1 (Uno) Asesor Del Sector Defensa 2-2 32 1 (Uno) Asesor Del Sector Defensa 2-2 30 3 (Tres) Asesor Del Sector Defensa 2-2 26 2 (Dos) Asesor Del Sector Defensa 2-2 22 1 (Uno) Profesional De Defensa 3-1 18 1 (Uno) Técnico Para Apoyo De Seguridad Y Defensa 5-1 24 Despacho Del Viceministro Para La Estrategia Y Planeacion N° Cargos Denominacion Codigo Grado 1 (Uno) Viceministro 0020 - 1 (Uno) Asesor Del Sector Defensa 2-2 32 3 (Tres) Asesor Del Sector Defensa 2-2 26 1 (Uno) Asesor Del Sector Defensa 2-2 22 1 (Uno) Profesional De Defensa 3-1 18 1 (Uno) Técnico Para Apoyo De Seguridad Y Defensa 5-1 24 Despacho De La Secretaria General Del Ministerio De Defensa N° Cargos Denominacion Codigo Grado 1 ( Uno) Secretario General De Ministerio De Defensa 1-1 23 1 (Uno) Asesor Del Sector Defensa 2-2 32 1 (Uno) Asesor Del Sector Defensa 2-2 30 3 (Tres) Asesor Del Sector Defensa 2-2 26 1 ( Uno) Asesor Del Sector Defensa 2-2 24 Planta Global N° Cargos Denominacion Codigo Grado 1 (Uno) Director Del Sector Defensa 1-3 21 15 (Quince) Director Del Sector Defensa 1-3 18 3 (Tres) Jefe De Oficina Del Sector Defensa 1-4 15 1 (Uno) Obispo Castrense 1-5 - 1 (Uno) Vicario Castrense 1-5-1 - 2(Dos) Asesor Del Sector Defensa 2-2 30 4 (Cuatro) Asesor Del Sector Defensa 2-2 26 1 ( Uno) Asesor Del Sector Defensa 2-2 24 4 (Cuatro) Asesor Del Sector Defensa 2-2 22 11 (Once) Asesor Del Sector Defensa 2-2 18 3 (Tres) Asesor Del Sector Defensa 2-2 14 4 (Cuatro) Asesor Del Sector Defensa 2-2 10 8 (Ocho) Asesor Del Sector Defensa 2-2 8 6 (Seis) Asesor Del Sector Defensa 2-2 6 6 (Seis) Asesor Del Sector Defensa 2-2 4 6 (Seis) Asesor Del Sector Defensa 2-2 2 1 (Uno) Profesional De Defensa 3-1 21 20 (Veinte) Profesional De Defensa 3-1 18 9 (Nueve) Profesional De Defensa 3-1 16 16 (Dieciséis) Profesional De Defensa 3-1 14 18 (Dieciocho) Profesional De Defensa 3-1 12 2 (Dos) Profesional De Defensa 3-1 11 37 (Treinta Y Siete) Profesional De Defensa 3-1 10 24 (Veinticuatro) Profesional De Defensa 3-1 8 17 (Diecisiete) Profesional De Defensa 3-1 6 1 (Uno) Orientador Espiritual 4-1 20 2 (Dos) Orientador Espiritual 4-1 18 2 (Dos) Técnico Para Apoyo De Seguridad Y Defensa 5-1 33 1 (Uno) Técnico Para Apoyo De Seguridad Y Defensa 5-1 32 1 (Uno) Técnico Para Apoyo De Seguridad Y Defensa 5-1 30 1 (Uno) Técnico Para Apoyo De Seguridad Y Defensa 5-1 28 11 (Once) Técnico Para Apoyo De Seguridad Y Defensa 5-1 26 14 (Catorce) Técnico Para Apoyo De Seguridad Y Defensa 5-1 24 14 (Catorce) Técnico Para Apoyo De Seguridad Y Defensa 5-1 22 1 (Uno) Técnico Para Apoyo De Seguridad Y Defensa 5-1 21 2 (Dos) Técnico Para Apoyo De Seguridad Y Defensa 5-1 18 6 (Seis) Técnico Para Apoyo De Seguridad Y Defensa 5-1 17 11 (Once) Técnico Para Apoyo De Seguridad Y Defensa 5-1 14 17 (Diecisiete) Técnico Para Apoyo De Seguridad Y Defensa 5-1 12 1 (Uno) Técnico Para Apoyo De Seguridad Y Defensa 5-1 7 2 (Dos) Técnico Para Apoyo De Seguridad Y Defensa 5-1 6 2 (Dos) Técnico De Servicios 5-1 26 5 (Cinco) Técnico De Servicios 5-1 24 1 (Uno) Técnico De Servicios 5-1 22 2 (Dos) Técnico De Servicios 5-1 17 2 (Dos) Técnico De Servicios 5-1 14 1 (Uno) Auxiliar Para Apoyo De Seguridad Y Defensa 6-1 22 5 (Cinco) Auxiliar Para Apoyo De Seguridad Y Defensa 6-1 20 16 (Dieciséis) Auxiliar Para Apoyo De Seguridad Y Defensa 6-1 19 12 (Doce) Auxiliar Para Apoyo De Seguridad Y Defensa 6-1 16 24 (Veinticuatro) Auxiliar Para Apoyo De Seguridad Y Defensa 6-1 14 1 (Uno) Auxiliar Para Apoyo De Seguridad Y Defensa 6-1 12 3 (Tres) Auxiliar Para Apoyo De Seguridad Y Defensa 6-1 11 2 (Dos) Auxiliar Para Apoyo De Seguridad Y Defensa 6-1 10 21 (Veintiuno) Auxiliar Para Apoyo De Seguridad Y Defensa 6-1 7 14 (Catorce) Auxiliar Para Apoyo De Seguridad Y Defensa 6-1 6 14 (Catorce) Auxiliar Para Apoyo De Seguridad Y Defensa 6-1 5 7 (Siete) Auxiliar De Servicios 6-1 19 2 (Dos) Auxiliar De Servicios 6-1 16 1 (Uno) Auxiliar De Servicios 6-1 14 1 (Uno) Auxiliar De Servicios 6-1 12 2 (Dos) Auxiliar De Servicios 6-1 9 2 (Dos) Auxiliar De Servicios 6-1 7 486 Total Cargos
°. Las funciones propias del Ministerio de Defensa Nacional-Unidad de Gestión General, serán desarrolladas por la planta de personal de empleados públicos que se establece a continuación: DESPACHO DEL MINISTRO N° CARGOS DENOMINACION CODIGO GRADO 1 (Uno) Ministro 0005 - 6 (Seis) Asesor del Sector Defensa 2-2 32 1 (Uno) Asesor del Sector Defensa 2-2 30 3 (Tres) Asesor del Sector Defensa 2-2 26 1 (Uno) Asesor del Sector Defensa 2-2 18 1 (Uno) Técnico para Apoyo de Seguridad y Defensa 5-1 24 1 (Uno) Técnico para Apoyo de Seguridad y Defensa 5-1 22 DESPACHO DEL VICEMINISTRO PARA LAS POLITICAS Y ASUNTOS INTERNACIONALES N° CARGOS DENOMINACION CODIGO GRADO 1 (Uno) Viceministro 0020 - 1 (Uno) Asesor del Sector Defensa 2-2 32 1 (Uno) Asesor del Sector Defensa 2-2 30 3 (Tres) Asesor del Sector Defensa 2-2 26 2 (Dos) Asesor del Sector Defensa 2-2 22 1 (Uno) Profesional de Defensa 3-1 18 1 (Uno) Técnico para Apoyo de Seguridad y Defensa 5-1 24 DESPACHO DEL VICEMINISTRO PARA LA ESTRATEGIA Y PLANEACION N° CARGOS DENOMINACION CODIGO GRADO 1 (Uno) Viceministro 0020 - 1 (Uno) Asesor del Sector Defensa 2-2 32 3 (Tres) Asesor del Sector Defensa 2-2 26 1 (Uno) Asesor del Sector Defensa 2-2 22 1 (Uno) Profesional de Defensa 3-1 18 1 (Uno) Técnico para Apoyo de Seguridad y Defensa 5-1 24 DESPACHO DE LA SECRETARIA GENERAL DEL MINISTERIO DE DEFENSA N° CARGOS DENOMINACION CODIGO GRADO 1 ( Uno) Secretario General de Ministerio de Defensa 1-1 23 1 (Uno) Asesor del Sector Defensa 2-2 32 1 (Uno) Asesor del Sector Defensa 2-2 30 3 (Tres) Asesor del Sector Defensa 2-2 26 1 ( Uno) Asesor del Sector Defensa 2-2 24 PLANTA GLOBAL N° CARGOS DENOMINACION CODIGO GRADO 1 (Uno) Director del Sector Defensa 1-3 21 15 (Quince) Director del Sector Defensa 1-3 18 3 (Tres) Jefe de Oficina del Sector Defensa 1-4 15 1 (Uno) Obispo Castrense 1-5 - 1 (Uno) Vicario Castrense 1-5-1 - 2(Dos) Asesor del Sector Defensa 2-2 30 4 (Cuatro) Asesor del Sector Defensa 2-2 26 1 ( Uno) Asesor del Sector Defensa 2-2 24 4 (Cuatro) Asesor del Sector Defensa 2-2 22 11 (Once) Asesor del Sector Defensa 2-2 18 3 (Tres) Asesor del Sector Defensa 2-2 14 4 (Cuatro) Asesor del Sector Defensa 2-2 10 8 (Ocho) Asesor del Sector Defensa 2-2 8 6 (Seis) Asesor del Sector Defensa 2-2 6 6 (Seis) Asesor del Sector Defensa 2-2 4 6 (Seis) Asesor del Sector Defensa 2-2 2 1 (Uno) Profesional de Defensa 3-1 21 20 (Veinte) Profesional de Defensa 3-1 18 9 (Nueve) Profesional de Defensa 3-1 16 16 (Dieciséis) Profesional de Defensa 3-1 14 18 (Dieciocho) Profesional de Defensa 3-1 12 2 (Dos) Profesional de Defensa 3-1 11 37 (Treinta y Siete) Profesional de Defensa 3-1 10 24 (Veinticuatro) Profesional de Defensa 3-1 8 17 (Diecisiete) Profesional de Defensa 3-1 6 1 (Uno) Orientador Espiritual 4-1 20 2 (Dos) Orientador Espiritual 4-1 18 2 (Dos) Técnico para Apoyo de Seguridad y Defensa 5-1 33 1 (Uno) Técnico para Apoyo de Seguridad y Defensa 5-1 32 1 (Uno) Técnico para Apoyo de Seguridad y Defensa 5-1 30 1 (Uno) Técnico para Apoyo de Seguridad y Defensa 5-1 28 11 (Once) Técnico para Apoyo de Seguridad y Defensa 5-1 26 14 (Catorce) Técnico para Apoyo de Seguridad y Defensa 5-1 24 14 (Catorce) Técnico para Apoyo de Seguridad y Defensa 5-1 22 1 (Uno) Técnico para Apoyo de Seguridad y Defensa 5-1 21 2 (Dos) Técnico para Apoyo de Seguridad y Defensa 5-1 18 6 (Seis) Técnico para Apoyo de Seguridad y Defensa 5-1 17 11 (Once) Técnico para Apoyo de Seguridad y Defensa 5-1 14 17 (Diecisiete) Técnico para Apoyo de Seguridad y Defensa 5-1 12 1 (Uno) Técnico para Apoyo de Seguridad y Defensa 5-1 7 2 (Dos) Técnico para Apoyo de Seguridad y Defensa 5-1 6 2 (Dos) Técnico de Servicios 5-1 26 5 (Cinco) Técnico de Servicios 5-1 24 1 (Uno) Técnico de Servicios 5-1 22 2 (Dos) Técnico de Servicios 5-1 17 2 (Dos) Técnico de Servicios 5-1 14 1 (Uno) Auxiliar para Apoyo de Seguridad y Defensa 6-1 22 5 (Cinco) Auxiliar para Apoyo de Seguridad y Defensa 6-1 20 16 (Dieciséis) Auxiliar para Apoyo de Seguridad y Defensa 6-1 19 12 (Doce) Auxiliar para Apoyo de Seguridad y Defensa 6-1 16 24 (Veinticuatro) Auxiliar para Apoyo de Seguridad y Defensa 6-1 14 1 (Uno) Auxiliar para Apoyo de Seguridad y Defensa 6-1 12 3 (Tres) Auxiliar para Apoyo de Seguridad y Defensa 6-1 11 2 (Dos) Auxiliar para Apoyo de Seguridad y Defensa 6-1 10 21 (Veintiuno) Auxiliar para Apoyo de Seguridad y Defensa 6-1 7 14 (Catorce) Auxiliar para Apoyo de Seguridad y Defensa 6-1 6 14 (Catorce) Auxiliar para Apoyo de Seguridad y Defensa 6-1 5 7 (Siete) Auxiliar de Servicios 6-1 19 2 (Dos) Auxiliar de Servicios 6-1 16 1 (Uno) Auxiliar de Servicios 6-1 14 1 (Uno) Auxiliar de Servicios 6-1 12 2 (Dos) Auxiliar de Servicios 6-1 9 2 (Dos) Auxiliar de Servicios 6-1 7 486 TOTAL CARGOS
Artículo 2El Ministro De Defensa Nacional, O Quien Este Delegue, Mediante Resolución Distribuirá Los Cargos De La Planta Global Y Ubicará El Personal Teniendo En Cuenta La Estructura, Los Planes, Los Programas Y Las Necesidades Del Servicio
°. El Ministro de Defensa Nacional, o quien este delegue, mediante resolución distribuirá los cargos de la Planta Global y ubicará el personal teniendo en cuenta la estructura, los planes, los programas y las necesidades del servicio.
Artículo 3Los Funcionarios Que A La Fecha De La Expedición Del Presente Decreto Se Encuentren Prestando Sus Servicios En La Planta De Personal De Empleados Públicos Del Ministerio De Defensa Nacional - Unidad De Gestión General, Serán Incorporados En Los Cargos De Los Que Trata El Artículo 1°, En Un Término Máximo De Treinta (30) Días Contados A Partir De La Fecha De Su Publicación
°. Los funcionarios que a la fecha de la expedición del presente Decreto se encuentren prestando sus servicios en la planta de personal de empleados públicos del Ministerio de Defensa Nacional - Unidad de Gestión General, serán incorporados en los cargos de los que trata el Artículo 1°, en un término máximo de treinta (30) días contados a partir de la fecha de su publicación.
Artículo 4El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Deroga Los Decretos 1588 De 2000, 1983 De 2002, 058 De 2003, 1296 De 2003 Y 3500 De 2006
°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga los Decretos 1588 de 2000, 1983 de 2002, 058 de 2003, 1296 de 2003 y 3500 de 2006.