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DecretoDerogado

Decreto 3114 de 1990

por el cual se crea una Oficina Especial de Trabajo y Seguridad Social, se determina su circunscripción, se definen las funciones y se establece su Planta de Personal.

7artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01

Historia de constitucionalidad

Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02

Artículos de la norma

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1Créase La Oficina Regional Especial De Trabajo Y Seguridad Social De Urabá, Integrada Por Las Inspecciones De Trabajo Y Seguridad Social De Apartadó, Turbo Y Chigorodó2La Circunscripción De La Oficina Regional Especial De Trabajo Y Seguridad Social De Urabá Y Sus Inspecciones De Trabajo, Será La Siguiente: Inspección De Trabajo Y Seguridad Social De Apartadó3La Oficina Regional Especial De Trabajo Y Seguridad Social De Urabá, Depende Jerárquicamente Y Funcionalmente Del Despacho Del Ministro De Trabajo Y Seguridad Social4Las Funciones Propias De La Oficina Regional Especial De Trabajo Y Seguridad Social De Urabá, Serán Las Siguientes: 15Las Funciones Propias De Las Distintas Dependencias E Inspecciones De La Oficina Regional Especial De Trabajo Y Seguridad Social De Urabá, Serán Cumplidas Por La Planta De Personal Que A Continuación Se Establece: Oficina Regional De Uraba N° De Cargos Denominación Del Empleo Código Grado 1 Jefe De Oficina 2045 11 2 Jefe De Sección 2075 06 3 Profesional Universitario 3020 06 2 Médico (Medio Tiempo) 3085 14 2 Inspector De Trabajo 5085 13 1 Visitador De Trabajo 5050 13 1 Pagador 5045 11 7 Secretario 5140 08 3 Auxiliar De Servicios Generales 6035 036El Ministro De Trabajo Y Seguridad Social, Distribuirá Y Asignará Los Cargos A Que Se Refiere El Presente Decreto, De Acuerdo Con La Estructura Orgánica, Necesidades Del Servicio Y Situaciones Laborales Especiales7El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación, Adiciona El Decreto 1792 Del 3 De Agosto De 1990 Y Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias
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