DecretoVigente
Decreto 3049 de 1949
por el cual se reglamenta el artículo 34 de la Ley 82 de 1947 y se dicta otra disposición sobre la carrera de los Suboficiales del Ejército, en el ramo de Guerra.
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1El Retiro Del Servicio Activo De Los Suboficiales Del Ejército, Por Llamamiento A Calificar Servicios De Conformidad Con El Artículo 34 De La Ley De 1947, Solamente Podrá Producirse Después De Diez (10) Años De Servicio, Por Voluntad Del Ministerio De Guerra Mediante Resoluciones Ministeriales Y En Forma Temporal Mientras El Personal Retirado En Tales Condiciones Esté Dentro De La Edad Fijada Para Cada Grado2Los Suboficiales Del Ejército Pueden Servir En Cargos Superiores A Su Grado, Dotados Para La Jerarquía De Tropa, Conservando La Antigüedad Y Asignaciones Correspondientes A Su Respectivo Grado
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