DecretoVigente
Decreto 2951 de 1985
Por el cual se fija la proporción en que debe distribuirse entre los Municipios afectados, el impuesto de Industria y Comercio que corresponde pagar a la Central Termoeléctrica de Tasajero.
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1º Fíjase Lo Que Corresponde Por Concepto Del Impuesto De Industria Y Comercio Según La Capacidad Eléctrica Instalada De La Central Termoeléctrica De Tasajero, Al Municipio Afectado Por Esta Obra Así: Municipio Factor De Proporcionalidad% Equivalente Kw San Cayetano 100 1522º El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
03