DecretoVigente
Decreto 2893 de 1990
por el cual se prorroga la vigencia del Decreto legislativo 566 de 1990.
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Mientras Subsista Turbado El Orden Público Y En Estado De Sitio Todo El Territorio Nacional, Prorrógase Hasta El 9 De Diciembre De 1991 La Vigencia Del Decreto Legislativo 566 Del 9 De Marzo De 19902El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Suspende Las Normas Que Le Sean Contrarias
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Cesar Gaviria TrujilloEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 121 de la Constitución Política y en desarrollo del Decreto 1038 de 1984, y
- Julio Cásar Sánchez GarcíaEl Ministro de Gobierno
- Luis Fernando Jaramillo CorreaEl Ministro de Relaciones Exteriores
- Jaime Giraldo AngelEl Ministro de Justicia
- Luis Fernando Ramírez AcuñaEl Viceministro de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del Despacho el Ministro de Hacienda y Crédito Público · encargado
- General Oscar Botero RestrepoEl Ministro de Defensa Nacional
- María Del Rosario Sintes UlloaLa Ministra de Agricultura
- Francisco Posada De La PeñaEl Ministro de Trabajo y Seguridad Social
- Camilo González PossoEl Ministro de Salud
- Juan Manuel Turbay MarulandaEl Viceministro de Desarrollo, encargado de las funciones del Despacho del Ministro Desarrollo Económica · encargado
- Luis Fernando Vergara MunárrizEl Ministro de Minas y Energía
- César Manuel García NiñoEl Viceministro de Educación Nacional, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Educación Nacional · encargado
- Alberto Casas SantamaríaEl Ministro de comunicaciones
- Juan Felipe Gaviria GutiérrezEl Ministro de Obras Públicas y Transporte