DecretoCompilado
Decreto 2885 de 2009
por el cual se modifica el artÃculo 34 del Decreto 2187 de 2001 en lo relacionado con los requisitos de Asesor, Consultor y/o Investigador en Seguridad.
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Los Ex Funcionarios Cuyo Cargo Fue El De Agente, Escolta O Detective En El Departamento Administrativo De Seguridad Das, Podrán Homologar Los Requisitos De Capacitación De Curso Básico Para Optar Por La Credencial De Vigilante, Escolta, Tripulante, Manejador Canino Y/O Operador De Medios Tecnológicos Que Expide La Superintendencia De Vigilancia Y Seguridad Privada2Iguales Condiciones A Las Establecidas En El Artículo 1° Del Presente Decreto Se Aplicarán Para Aquellos Ex Funcionarios Del Departamento Administrativo De Seguridad Das, Cuyo Cargo Fue La De Guardián, Para Acceder A La Credencial De Vigilante, Escolta, Tripulante, Manejador Canino Y/O Operador De Medios Tecnológicos3Modifíquese El Artículo 34 Del Decreto 2187 De 2001, El Cual Quedará Así: “ Artículo 344El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Deroga Las Normas Que Le Sean Contrarias
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Álvaro Uribe VélezEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el artículo 189 numeral 11 de la Constitución Política y en desarrollo del Decreto-ley 356 de 1994, y
- General Freddy Padilla De LeónEl Comandante General de las Fuerzas Militares encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Defensa Nacional · encargado
- Felipe Muñoz GómezEl Director del Departamento Administrativo de Seguridad