DecretoVigente
Decreto 2852 de 1952
Por el cual se reglamenta el Decreto número 1830 de 1952
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Los Productos Y Manufacturas Enumerados En El Artículo 1º De Decreto Número 1830 De 1952, Y Los Que Lo Adicionan De Conformidad Con El Articulo3º Del Mismo Decreto, Deben Ser Necesariamente De Producción Nacional Para Que Puedan Dar Lugar Al Derecho Para Importar, Establecido Por El Artículo 2º2Este Decreto Rige Desde Su Expedición
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