DecretoVigente
Decreto 278 de 1930
Por el cual se fija el personal directivo y de custodia en las Cárceles de la República
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1El Personal Directivo Y De Custodia En Las Cárceles Que En Seguida Se Enumeran, Será El Que A Continuación Se Expresa, Desde El 1° De Enero Hasta El 31 De Diciembre Del Año En Curso: Departamento De Antioquia Alcaides Guardianes 12Distribúyense Las Doce (12) Celadoras Del Parágrafo 36 Del Artículo 223 Del Presupuesto Y Ley De Apropiaciones De La Actual Vigencia, En La Siguiente Forma: Pasto, Dos (2) Celadoras3Los Alcaldes Que Por El Presenté Decreto Se Distribuyen, Se Tomarán De Los Señalados Por El Parágrafo 6° Del Artículo 224 De La Vigencia En Curso4Los Guardianes Que Por El Presente Decreto Se Asignan A Las Cárceles De Circuito, Se Tomarán De Los Señalados Por El Parágrafo 7° Del Artículo 224 Citado En El Precedente Artículo
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