DecretoVigente
Decreto 2778 de 2001
por medio del cual se reglamenta el artículo 39 de la Ley 590 de 2000.
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Andres Pastrana ArangoEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas mediante el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo de lo previsto en el artículo 39 de la Ley 590 de 2000
- Juan Manuel SantosEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Eduardo Pizano De NarváezEl Ministro de Desarrollo Económico