Micelio
DecretoVigente

Decreto 2704 de 1993

por el cual se reglamentan parcialmente los artículos 24 de la Ley 10 de 1993, 34 de la Ley 60 de 1993, en lo pertinente al Registro Especial de las entidades de salud, y se dictan otras disposiciones.

5artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01

Historia de constitucionalidad

Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02

Artículos de la norma

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1Autorízase A Todas Las Entidades Públicas Que Tengan La Responsabilidad De Prestar Servicios De Salud, Para Contratar, En Los Términos Del Artículo 24 De La Ley 10 De 1990, Con Entidades Privadas Inscritas En El Registro Especial, Con Sujeción Al Procedimiento Previsto En El Presente Decreto2Las Instituciones Privadas Que Presten Servicios De Salud, Por El Hecho De Presentar Ante Las Autoridades Competentes La Documentación Requerida Para Efectos Contractuales, Conforme A Lo Dispuesto En La Resolución 14707 De 1991 Expedida Por El Ministerio De Salud, Quedarán Inscritas En El Registro Especial, Sin Perjuicio De Los Controles Y Verificación De Los Requisitos Que Haga Posteriormente El Ministerio De Salud O Su Autoridad Delegada3Las Direcciones Seccionales, Distritales Y Locales De Salud, Deberán Establecer, Dentro De Un Término De Seis (6) Meses, Contados A Partir De La Fecha De Publicación Del Presente Decreto, Un Plan De Carácter Permanente Para La Verificación Selectiva Y Posterior, Que Permita Determinar El Cumplimiento De Los Requisitos Por Parte De Las Entidades Que Soliciten Inscripción En Registro Especial, Conforme A Lo Dispuesto En El Presente Decreto4Hasta Tanto El Ministerio De Salud No Establezca Los Mecanismos Y Criterios Para Efectos De La Calificación De Las Entidades Privadas, Dicha Calificación No Se Requerirá Para Efectos Contractuales5El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias
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Firmas