DecretoVigente
Decreto 2673 de 1989
Por el cual se declara monumento nacional el Fuerte de San Fernando en la ciudad de Santa Marta y se delimita su área de influencia.
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Declarar Como Monumento Nacional, El Fuerte De San Fernando Y Su Puesto De Vigía, Localizado En La Ciudad De Santa Marta, Dentro Del Área Jurisdiccional De La Dirección General Marítima Y Portuaria, Capitanía Del Puerto De Santa Marta, Según Decreto 2324 De 19842Los Límites Aproximados Para El Fuerte Y Su Área De Influencia (Punta De Lipe Y Cerro La Pedrera), Son Los Siguientes: Norte: En Unos Cuarenta (40) Metros De Distancia Del Fuerte, Cerro De Por Medio, Con Los Predios Militares Del Batallón De Infantería Córdoba Número 5; Sur: En Unos Cien (100) Metros De Distancia Del Fuerte, Cerro De Por Medio, Con El Comienzo Arenoso De La Playa Lipe Y De Esta Esquina Se Eleva Abruptamente Hasta Alcanzar El Límite Este; Este: En Unos Ciento Cincuenta (150) Metros De Distancia Desde El Fuerte, Terreno Rocoso, Con La Cima Del Cerro; Oeste: Con El Mar Que Golpea La Plataforma Del Fuerte3En Consecuencia, Todas Las Construcciones, Restauraciones, Refacciones, Remodelaciones, Obras De Protección, Defensa Y Conservación, Que Deban Efectuarse Tanto En El Inmueble Como En Su Área De Influencia, Deberán Ceñirse Estrictamente A Las Normas Contenidas En La Ley 163 De 30 De Diciembre De 1959 Y Su Decreto Reglamentario Número 264 De 19634El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
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