DecretoVigencia En Estudio
Decreto 2658 de 1965
Por el cual se concede una autorización para celebrar contratos de obras públicas, se confiere una delegación y se dictan otras disposiciones
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Autorízase Al Ministro De Guerra Para Contratar Con Los Departamentos, Municipios Y Demás Entidades Oficiales, La Construcción De Obras, Las Cuales Se Ejecutarán Por Las Unidades De Ingenieros Militares2Las Utilidades Provenientes De Los Contratos Que Se Celebren En Virtud De Esta Autorización Deberán Consignarse En La Cuenta "fondo De Renovación De Equipo", De Que Trata La Resolución Número 2086 De 1961, Del Ministerio De Guerra3El Gobierno Nacional, Cuando Lo Considere Conveniente, Puede Delegar En El Ministerio De Guerra La Construcción De Obras Para Que Sean Ejecutadas Por Las Unidades De Ingenieros Militares Con La Interventoría De La Entidad Delegataria Y La, Dirección De Ingeniero Matriculado4Quedan Suspendidas Las Disposiciones Que Sean Contrarias Al Presente Decreto, El Cual Rige Desde La Fecha De Su Expedición
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Guillermo Leon ValenciaPresidente de la República
- Pedro Gómez ValderramaEl Ministro de Gobierno
- Cástor Jaramillo ArrublaEl Ministro de Relaciones Exteriores
- Francisco Posada De La PeñaEl Ministro de Justicia
- Joaquín Vallejo ArbeláezEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- General Gabriel Rebéiz PizarroEl Ministro de Guerra
- José Mejía SalazarEl Ministro de Agricultura
- Carlos Alberto Olano ValderramaEl Ministro del Trabajo
- Juan Jacobo MuñozEl Ministro de Salud Pública
- Aníbal López TrujilloEl Ministro de Fomento
- Carlos Gustavo ArrietaEl Ministro de Minas y Petróleos
- Daniel Arango JaramilloEl Ministro de Educación Nacional
- Alfredo Riascos LEl Ministro de Comunicaciones
- Tomás Castrillón MuñozEl Ministro de Obras Públicas