DecretoVigente
Decreto 2623 de 1978
Por el cual se aprueba el Acuerdo del Comité Nacional de Cafeteros
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Apruébase El Acuerdo Número 13 Del 9 De Noviembre De 1578 Del Comité Nacional De Cafeteros, Cuyo Texto Es El Siguiente: "acuerdo Numero 13 De 1978 (Noviembre 9) El Comité Nacional De Cafeteros, En Uso De Sus Atribuciones, Y Considerando: A) Que Mediante El Decreto Número 2078 De 1940 Y De Las Disposiciones Que Lo Adicionan Y Lo Reforman, El Gobierno Y La Federación Celebraron El 11 De Diciembre De 1940, Un Contrato Sobre Manejo Del Fondo Nacional Del Café E Intervención En Los Mercados Cafeteros Para El Desarrollo Del Convenio Interamericano Sobre Cuotas De Exportación, Contrato Que Ha Sido Adicionado Y Complementado Por Otros Postores Celebrados Entre Las Mismas Partes Con El Objeto De Solucionar, De Acuerdo Con La Experiencia Obtenida En El Desarrollo Del Mismo, Aquellos Puntos Que No Se Habían Podido Prever Originalmente Y A Fin De Darle Desarrollo Y Cumplimiento A Normas Legales Y A Disposiciones De Los Congresos Cafeteros; B) Que La Compañía Agrícola De Seguros S1Autorizar A La Gerencia De La Federación Nacional De Cafeteros Para Que, Con Recursos Tomados De Los Dividendos Que Correspondieron Al Fondo Nacional Del Café En Las Compañías Agrícola De Seguros S2Someter El Presente Acuerdo, Por Conducto Del Señor Ministro De Hacienda Y Crédito Público, A La Aprobación Del Señor Presidente De La República2El Presente Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición
03