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DecretoVigencia En Estudio

Decreto 2610 de 1950

por el cual se dispone la celebración de un contrato y se fijan sus bases correspondiente.

6artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad

Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
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Artículos de la norma

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1El Banco De La República Procederá A Celebrar Un Contrato Con El Municipio De Bogotá Para La Provisiónde Aguas De La Capital, En Cuanto Éste Acepte Las Siguientesbases Que Han Sido Convenidas Con La Junta Directivadel Mismo Banco: A) Terminadas Las Obras De La Represa Del Neusa Y Llenadoel Embalse Por Primera Vez, El Banco De La República Secomprometerá A Suministrar Al Municipio De Bogotá Hastados (2) Metros Cúbicos De Agua Por Segundo En El Socaz Dela Planta Hidroeléctrica Que Se Construya O En El Río Bogotádebidamente Regularizado Con Aquella Cantidad Después Deatendidas Las Necesidades De Las Salinas De Zipaquirá Y Delas Obras Y Empresas De La Misma Concesión, Pero En Ninnúncaso En Volumen Superior Al Que Rinda El Río Neusa Enel Bogotá Y Respetando Para El Uso De Los Propietarios Riberanosla Cantidad De Flujo Natural De Aquel Río En El Períodode Estiaje; B)2El Banco De La República Obrará En Cumplimientode Este Decreto, En Su Calidad De Concesionario Delas Salinas Nacionales Y En Armonía Con Los Contratos Respectivos,aprobados Por Los Decretos 2214 De 1931 Y 15-29 De1942, Y El Que Consta En La Escritura Pública Número 1248de 1941, Pasada En La Notaría Segunda De Bogotá3La Nación Reconocerá A Favor Del Municipiode Bogotá, Una Vez Vencido El Contrato De Concesión Celebradocon El Banco De La República, Las Obligaciones Queel Banco Concesionario Adquiere De Acuerdo Con Las Disposisicionesde Este Decreto4El Contrato Celebrado Sobre Las Bases Expresadasen El Artículo 1°, Requerirá Para Su Validez De La Aprobacióndel Presidente De La República, Previo Concepto Favorableconsejo De Ministros5Declárase De Utiliada Pública El Aprovechamientode Las Aguas De Los Ríos Bogotá Y Neusa, Para Atendera Las6Quedan Suspendidas Las Disposiciones Legalescontrarias Al Presente Decreto, Que Rige Desde La Fecha
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