DecretoVigente
Decreto 259 de 1908
Por el cual se reforma el Decreto número 920 de 1907, que organiza las Intendencias de Navegación fluvial, se deroga una disposición del Decreto número 899 del mismo año y se hacen varios nombramientos
7artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Suprímese El Sueldo Eventual De Que Han Venido Disfrutando Los Comisarios Inspectores De Las Intendencias De Navegación Fluvial Y Los Inspectores Subalternos De Las Mismas2° La Intendencia De Navegación En El Río Magdalena, Que Estará Radicada En La Ciudad De Barranquilla, Constará Del Siguiente Personal: Del Intendente, Que Gozará De Un Sueldo Fijo Mensual En Oro D E $ 160 De Dos Inspectores Técnicos, Qué Deben Ser Ingenieros Mecánicos, Cada Uno Con Sueldo Mensual De 100 De Un Comisario Inspector, Con Un Sueldo Mensual De 120 De Dos Ayudantes Del Comisario Inspector, Cada Uno Con Un Sueldo Mensual De 60 De Un Ayudante Liquidador, Con Un Sueldo Mensual De 80 De Dos Escribientes, Cada Uno Con Un Sueldo Mensual De 50 De Un Portero Escribiente, Con Un Sueldo Mensual De 403O La Intendencia De Navegación De Los Ríos Atrato Y Sinú, Que Estará Radicada En La Ciudad De Cartagena, Constará Del Siguiente Personal: Del Intendente, Con Un Sueldo Mensual Fijo En Oro De $ 120 De Un Comisario Inspector, Con Un Sueldo Mensual De 100 De Un Inspector Técnico, El Cual Debe Ser Ingeniero Mecánico, Con Un Sueldo Mensual De 80 De Un Ayudante Liquidador, Con Un Sueldo Mensual De 60 De Un Escribiente, Con Un Sueldo Mensual De 50 De Un Portero Escribiente Con Un Sueldo Mensual De 404° Al Servicio De Las Respectivas Intendencias Habrá Las Siguientes Inspecciones Y Subinspecciones Subalternas: A) En El Río Magdalena: Las Inspecciones Subalternas De Honda, Girardot Y Calamar, Que Constará Cada Una De Ellas Del Siguiente Personal: Un Inspector, Con Un Sueldo Mensual En Oro De $ 120 $ 120 Un Inspector Técnico, Con Un Sueldo Mensual De 70 Un Ayudante Liquidador, Con Un Sueldo Mensual De 60 Un Escribiente, Con Un Sueldo Mensual De 40 Un Portero, Con Un Sueldo Mensual De $ 10 Y Las Subinspecciones Siguientes: Puebloviejo, Zambrano, Magangué, El Banco, Bodega Central Y Puerto Berrío, Cada Una De Ellas Con Sueldo Mensual De $ 50 Oro ; Y Las De Remolino, Neiva, Zaragoza Y Mompós, Cada Una De Ellas Con Sueldo Mensual De $ 40 Oro; B) En Los Ríos Sinú Y Atrato Las Subinspecciones De Tolú, Lorica, Montería, Acandí Y Quibdó, Cada Una De Ellas Con Sueldo Mensual De $ 50 Oro5° Para Las Intendencias, Inspecciones Y Subinspecciones De Que Trata El Presente Decreto Hácense Los Siguientes Nombramientos: En Barranquilla6° En Las Ofioinas De Navegación Fluvial En Donde Sólo Hay Un Inspector Éste Practicará El Reconocímiento De Les Vapores En Asocio Del Superior Respectivo, Y Si Éste No Pudiere Asistir Por Causa Del Servicio, Delegará Esa Facultad Al Empleado Inferior Inmediato7° El Presente Decreto Empezará Á Regir Desde El Día 1
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