DecretoVigente
Decreto 2516 de 1966
por el cual se declaran sin efecto el artículo 2º del Decreto número 1797 de 1966 y los Decretos 1908 y 1941 del mismo año.
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Decláranse Sin Efecto El Artículo 2° Del Decreto Número 1797 De 1966 Y Los Decretos 1908 Y 1941 Del Mismo Año, Por Medio De Los Cuales Se Hicieron Los Siguientes Nombramientos En El Departamento Administrativo De Planeación, No Haberse Ajustado A Los Mecanismos De Postulación Previstos En Los Artículos 50 A 56 Del Decreto-Ley 1732 De 1960: Miguel Carrillo Mantilla, Para El Cargo De Economista (Jefe De Sección) X-25-A, De La Sección De Planeación General De La División De Estudios Económicos Globales; Diego L2El Presente Decreto Surte Efectos Fiscales A Partir Del 16 De Agosto De 1966
03