DecretoVigente
Decreto 2470 de 1983
Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1792 de 1983.
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Modifícase El Artículo 3º Del Decreto 1792 De 1983, El Cual Quedará Así: "a Partir De La Vigencia De Este Decreto Y Hasta El 7 De Agosto De 1984, Las Entidades A Que Se Refiere El Artículo 1º Del Presente Decreto Sólo Podrán, En Los Términos Del Artículo 83 Del Decreto Extraordinario 1442 De 1978, Vincular Personal Supernumerario Para Suplir Las Vacancias Temporales De Los Empleados Públicos, En Caso De Licencia O Vacaciones Y Para Desarrollar Actividades De Carácter Netamente Transitorio2Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición, Comuníquese Y Cúmplase
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Belisario BetancurEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 120 de la Constitución Política como suprema autoridad administrativa de la Nación
- Alfonso Gómez GómezEl Ministro de Gobierno
- Edgar Gutiérrez CastroEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Alfonso Ospina OspinaEl Jefe del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República
- Ericina Mendoza SaladénEl Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil