DecretoVigente
Decreto 2359 de 1959
por el cual se adiciona el Decreto número 878 de 1958.
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1En Caso De Que Las Comisiones Del Congreso O El Ministro De Hacienda Y Crédito Público Consideren Necesario Que Los Miembros De La Comisión De Expertos Tributarios Concurran A Las Sesiones De Las Comisiones Parlamentarias En Las Cuales Se Estudie El Proyecto De Ley Reorgánico Del Impuesto Sobre La Renta, Cada Asistencia A Dichas Sesiones Se Estimará Como Una Reunión De La Comisión De Expertos Tributarios Para Los Efectos Del Artículo 2° Del Decreto 878 De 19582Formará Parte De La Comisión De Expertos Tributarios El Director De La Subdivisión Técnico Jurídica De La Jefatura De Rentas E Impuestos Nacionales3El Secretario De La Comisión De Expertos Tributarios El Director De La Subdivisión Técnico Jurídica De La Jefatura De Rentas E Impuestos Nacionales4Este Decreto Regirá Desde La Fecha De Su Expedición
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