DecretoVigente
Decreto 2351 de 2014
por el cual se regula la prima de servicios para los empleados públicos del nivel territorial.
6artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Todos Los Empleados Públicos Vinculados O Que Se Vinculen A Las Entidades Del Sector Central Y Descentralizado De La Rama Ejecutiva Del Orden Territorial, A Las Asambleas Departamentales, A Los Concejos Distritales Y Municipales, A Las Contralorías Territoriales, A Las Personerías Distritales Y Municipales Y El Personal Administrativo Del Sector Educación, Tendrán Derecho, A Partir De, 2015, A Percibir La Prima De Servicios De Que Trata El Decreto Ley 1042 De 1978 En Los Mismos Términos Y Condiciones Allí Señalados Y En Las Normas Que Lo Modifican, Adicionan O Sustituyan2Artículo 23La Prima De Servicios Que Se Crea En El Presente Decreto Es Incompatible Con Cualquier Otra Bonificación, Prima O Elemento Salarial Que Perciban Los Empleados De La Rama Ejecutiva Del Nivel Territorial Por El Mismo Concepto O Que Remuneren Lo Mismo, Independientemente De Su Denominación, Origen O Su Fuente De Financiación4Ninguna Autoridad Territorial Podrá Modificar El Presente Decreto, En Concordancia Con Lo Establecido En El Artículo 10 De La Ley 4ª De 19925El Departamento Administrativo De La Función Pública Es El Órgano Competente Para Conceptuar En Materia Salarial Y Prestacional6El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación, Y Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias, En Especial Los Decretos Números 1467, 1468 Y 1469 De 2014
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