DecretoVigente
Decreto 2350 de 1948
por el cual se dictan unas disposiciones fiscales.
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1El Gobierno, En La Preparación Del Proyecto De Presupuesto De Rentas Y Ley De Apropiaciones Para La Vigencia Fiscal De 1949, Que Debe Ser Presentado A La Consideración Del Honorable Congreso Nacional, Incorporará De Manera Preferente Todas Las Partidas Necesarias Para El Sostenimiento Del Orden Público, Servicio De La Deuda Nacional Tanto Interna Como Externa, Y, En General, El Adecuado Y Normal Funcionamiento De La Administración Pública2Los Ingresos Por Concepto De Rentas, Que Por Disposiciones Legales Vigentes Tienen Destinación Determinada, Se Incorporarán En El Referido Proyecto Conforme A Lo Ordenado En La Ley 35 De 1944, Y Se Apropiarán Íntegramente Para Atender A Los Gastos Previstos En Tales Disposiciones3Suspéndense Todas Las Disposiciones Legales Vigentes Que Establezcan Normas Fiscales Contrarias Al Presente Decreto4El Presente Decreto Rige Desde Su Fecha
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Mariano Ospina PerezPresidente de la República
- Darío EchandiaEl Ministro de Gobierno
- Eduardo Zuleta AngelEl Ministro de Relaciones Exteriores
- Samuel Arango ReyesEl Ministro de Justicia
- José María BernalEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Teniente General Germán OcampoEl Ministro de Guerra
- Pedro Castro MonsalvoEl Ministro de Agricultura y Ganadería
- Evaristo SourdisEl Ministro del Trabajo
- Jorge BejaranoEl Ministro de Higiene
- José Del Carmen Mesa MEl Ministro de Comercio e Industrias
- Alonso Aragon QuinteroEl Ministro de Minas y Petróleos
- Fabio Lozano YlozanoEl Ministro de Educación Nacional
- José Vicente Davila TelloEl Ministro de Correos y Telégrafos
- Luis Ignacio AndradeEl Ministro de Obras Públicas