DecretoDerogado
Decreto 2338 de 2004
por el cual se reglamenta la importación, almacenamiento y distribución de combustibles provenientes de la República Bolivariana de Venezuela en las Zonas de Frontera del departamento de Guainía.
7artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Campo De Aplicación2Actividades De Distribución3Visto Bueno Del Ministerio De Minas Y Energía4Importación De Combustibles5Responsabilidades Y Obligaciones De Los Terceros, Distribuidores Mayoristas Y Minoristas6En Los Aspectos No Contemplados En El Presente Decreto Se Dará Aplicación A Las Normas Contenidas En El Decreto 2195 De 2001 O Las Normas Que Lo Modifiquen, Adicionen O Deroguen7El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Álvaro Uribe VélezEl Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los numerales 11 y 25 del artículo 189 de la Constitución Política y las Leyes 7ª de 1991y 681 de 2001, previo concepto del Comité de Asuntos Aduaneros Arancelarios y de Comercio Exterior, y
- Sabas Pretelt De La VegaEl Ministro del Interior y de Justicia
- Alberto Carrasquilla BarreraEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Manuel Maiguashca OlanoEl Viceministro de Minas y Energía, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Minas y Energía · encargado
- Jorge Humberto BoteroEl Ministro de Comercio, Industria y Turismo