DecretoVigente
Decreto 2324 de 2000
por medio del cual se modifica el Decreto 1130 de 1999 y se establecen los organismos y entidades que estarán a cargo de la implantación y desarrollo de los Programas de la Agenda de Conectividad, en especial, del Programa "Computadores para Educar" y se establecen otras disposiciones para los mismos efectos.
11artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Modificar El Artículo 24 Del Decreto 1130 De 1999 Así: Artículo 242El Desarrollo E Implantación Del Programa "computadores Para Educar" Definido En El Documento Conpes Nº 3063 Del 23 De Diciembre De 1999 Y El De Los Que Para Los Mismos Fines Sean Dispuestos Por El Gobierno Nacional, Estará A Cargo Del Ministerio De Educación Nacional, Del Servicio Nacional De Aprendizaje-Sena Y Del Fondo De Comunicaciones3Artículo 34Artículo 45Artículo 56Los Registros Contables En La Entidad Que Da De Baja Los Bienes, En La Que Los Recibe Para Su Reacondicionamiento, Actualización O Redistribución Y En Las Beneficiarias O Destinatarias Finales De Los Mismos Deben Cumplirse De Acuerdo Con Los Lineamientos Establecidos Por La Contaduría General De La Nación7Artículo 78Serán Destinatarios Finales De Los Equipos Que Se Obtengan En El Programa "computadores Para Educar" Las Instituciones Educativas Oficiales Que Ofrezcan El Servicio Público De Educación Formal En Los Niveles Preescolar, Básica Primaria, Básica Secundaria Y Media, Las Normales Superiores, Las Bibliotecas Y Casas De La Cultura De Naturaleza Pública Y Centros De Acceso Comunitario A Internet Instalados En Desarrollo De Programas De Telecomunicaciones Sociales9Artículo 910El Servicio Nacional De Aprendizaje-Sena, Brindará La Asesoría Técnico Pedagógica En La Labor De Reacondicionamiento De Los Equipos De Cómputo Para Su Entrega En Condiciones De Uso Por Las Instituciones Beneficiarias11El Presente Decreto Rige A Partir De Su Publicación
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Andres Pastrana ArangoEl Presidente de la República, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren los numerales 16 y 17 de la Constitución Política y con sujeción a los principios del artículo 54 de Ley 489 de 1998
- Francisco José Lloreda MeraEl Ministro de Educación Nacional
- Angelino GarzónEl Ministro de Trabajo y Seguridad Social
- María Del Rosario Sintes UlloaLa Ministra de Comunicaciones
- Mauricio Zuluaga RuizEl Director Departamento Administrativo de la Función Pública