DecretoVigente
Decreto 232 de 1936
Por el cual se crea un cargo en el Ministerio de Agricultura y Comercio, se le fijan funciones, asignación y viáticos, y se provee el puesto
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Créase En El Ministerio De Agricultura Y Comercio El Cargo De Consultor Técnico, Al Que Corresponderá Resolver Todas Las Consultas Que Le Haga El Ministerio, Relacionadas Con Las Distintas Actividades Que Éste Emprenda2Nómbrase Consultor Técnico Del Ministerio Al Doctor Andrés Hermes, Con Una Asignación Mensual De Doscientos Cincuenta Dólares, Que Se Liquidarán Al Tipo De Cambio Del Día De Cada Pago Mensual3Con Imputación Al Capítulo 63, Artículo 477, Del Presupuesto Vigente, Vótanse Hasta $ 900 Para Comprar 1,661 Marcos Oro, Cantidad Ésta En Que Se Fijan Los Viáticos De Venida Hasta Puerto Colombia Del Doctor Andrés Hermes, Nombrado Consultor Técnico Del Ministerio, Y Que Le Serán Situados En La Legación De Colombia En Berlín Por Conducto Del Consulado General En París
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