DecretoVigente
Decreto 230 de 1956
Por el cual se autoriza al Consejo Administrativo Departamental de Córdoba, para establecer unos límites municipales en forma definitiva
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Autorizase Al Consejo Administrativo Del Departamento De Córdoba Para Determinar, En Forma Definitiva, Los Entre Los Municipios De Montería, San Pelayo Y Cerete, Tal Como Quedaron Señalados En La Ordenanza Número 18 De 1954, Sin Que Para Ello Sea Necesario Llenar Más Requisitos Que La Aprobación De La Respectiva Ordenanza En Los Tres Debates Reglamentarios2Quedan Suspendidas Las Disposiciones Que Sean Contrarias Al Presente Decreto, El Cual Rige Desde La Fecha
03
Firmas
Gobierno Nacional
- General Jefe Supremo Gustavo Rojas PinillaPresidente de la República
- Lucio Pavón NúñezEl Ministro de Gobierno
- Evaristo SourdisEl Ministro de Relaciones Exteriores
- Luis Caro EscallónEl Ministro de Justicia
- Carlos VillavecesEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Brigadier General Gabriel ParisEl Ministro de Guerra
- Juan Guillermo Restrepo JEl Ministro de Agricultura
- Castor Jaramillo ArrublaEl Ministro de Trabajo
- Manuel Archila MonroyEL Ministro de Fomento
- Pedro Manuel ArenasEl Ministro de Minas y Petróleos
- Brigadier General Gustavo Berrío MEl Ministro de Comunicaciones
- Teniente Coronel Mariano Ospina NaviaEl Ministro de Obras Públicas, encargado · encargado