DecretoVigente
Decreto 220 de 1919
Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto Nacional de gastos de la actual vigencia económica
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Trasládase En El Presupuesto Nacional De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1° De Marzo De 1918 A 28 De Febrero De 1919, La Suma De Cuarenta Y Cinco Mil Pesos ($ 45,000), Tomada De Las Imputaciones Que En Seguida Se Indican: Ministerio De Guerra Capitulo 43 Material Del Ejército Artículo 3232La Suma Que Se Traslada Llevará Las Siguientes Imputaciones: Ministerio De Guerra Capitulo 43 Material Del Ejército Artículo 3363La Dirección General De La Contabilidad Nacional, La Oficina Central De Ordenación, La De Reconocimientos Del Ministerio De Guerra Y Las Pagadoras Respectivas Describirán En Sus Libros Los Asientos A Que Da Lugar El Presente Decreto
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