DecretoDerogado
Decreto 219 de 1958
Por el cual se modifica el artículo 1° del Decreto legislativo número 0156 de 1957
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1A Partir De La Vigencia Del Presente Decreto, El Sueldo Básico De Los Tenientes Segundos De La Armada Nacional, Será De Cuatrocientos Cincuenta Tiesos ($ 4502En Los Términos, Del Artículo Anterior Queda Modificado El Artículo 19 Del Decreto Legislativo Número 0156 De 19573Este Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Mayor General Gáriúel Paíus. GPresidente de la República · encargado
- Mayor General Pioquinto RengifoEl Ministro de Gobierno
- Carlos Sanz De SantamaríaEl Ministro de Relaciones Exteriores
- Rodrigo Noguera LabordeEl Ministro de Justicia
- Jesús María MarulandaEl Ministro de Hacienda y Crédito
- Brigadier General Alfonso Sáiz MontoyaEl Ministro de Guerra
- Jorge Mejía SalazarEl Ministro de Agricultura
- Raimundo Emiliani RománEl Ministro del .Trabajo
- Juan Pablo LlinásEl Ministro de Salud Pública
- Harold Eder CaicedoEl Ministro de Fomento
- Julio César Turbay AyalaEl Ministro de Minas v Petróleos
- Alonso Carvajal PeraltaEl Ministro de Educación Nacional
- Roberto Salazar GómezEl Ministro de Comunicaciones. Brigadier General Alfonso Ahumada Ruiz. E1 ministro de Obras Públicas