DecretoVigente
Decreto 2175 de 1981
Por el cual se modifica parcialmente el artículo 1° del Decreto 485 de 1981
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Modificase Parcialmente El Artículo 1°del Decreto 485 De 1981 (26 De Febrero), En El Sentido De Expresar Que El Retiro Del Servicio Activo De Las Fuerzas Militares Del Señor Contralmirante Hernando Salas Ramírez - 4780603 Es En Forma Absoluta, "por Incapacidad Absoluta Y Permanente ", De Conformidad Con El Artículo 107 Literal B) Numeral 1 Del Decreto 612 De 1977, Y No Como Allí Aparece, Teniendo En Cuente Las Conclusiones A Que Llegó La Sanidad Militar En Actas De Junta Y Consejo Técnico Médico Números 0753/Y 0754 De 19812El Presente Decreto Rige A Partir De La, Fecha De Su Expedición
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