DecretoVigente
Decreto 2123 de 1928
Por el cual se reglamenta la Escuela de Farmacia como anexa a la Facultad de Medicina
7artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Fíjase En Dos Años Escolares El Tiempo En El Cual Deben Hacerse Los Estudios Para Obtener El Título De Farmacéutico2° El Individuo Que Desee Matricularse En La Escuela De Farmacia Deberá Presentar El Certificado En Que Conste Que Ha Hecho Los Estudios Correspondientes Al Bachillerato Ordinario De Que Trata El Artículo 13º Los Estudios Necesarios Para Obtener El Título Se Distribuyen Así: Primer Año4º El Individuo Que Desee Obtener El Título De Farmacéutico Deberá Ser Aprobado En Todos Los Cursos Señalados En El Pensum Anterior, Presentar Los Exámenes Preparatorios Correspondientes A Los Dos Años De Estudios Y Una Tesis Que Verse Sobre Un Punto Relacionado Con Cualquiera De Las Ramas De Las Ciencias Farmacéuticas5° La Escuela De Farmacia Tendrá Un Director Y Un Secretario, Cuyas Funciones Serán Señaladas De Acuerdo Con El Consejo Directivo De La Facultad De Medicina, El Cual Hará La Elección Del Personal Directivo Y Del Personal Docente De Dicha Escuela, Y Lo Someterá A La Aprobación Del Ministerio De Educación Nacional6° El Ministerio De Educación Nacional Acordará Con La Junta General De Beneficencia, La Manera De Establecer La Enseñanza Práctica De Farmacia En Las Boticas Del Hospital De San Juan De Dios7° El Consejo Directivo De La Facultad De Medicina, Al Hacer La Distribución De La Partida Votada En El Presupuesto Nacional Para Sostenimiento, Reservará Las Sumas Necesarias Para Atender Al Cumplimiento De Estas Disposiciones
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