DecretoVigencia En Estudio
Decreto 2112 de 1952
Por el cual se dispone la compra de un inmueble con destino al Instituto Caro y Cuervo, de Bogotá
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1El Gobierno Nacional Procederá A Comprar, Por Conducto De Los Ministerios De Educación Nacional Y De Obras Públicas, Un Edificio Con Destino Exclusivo Al Instituto "caro Y Cuervo", De Bogotá2El Ministerio De Hacienda Y Crédito Público Queda Facultado Para Efectuar Las Operaciones Presupuestales Necesarias Para La Efectividad Del Presente Decreto3Quedan Suspendidas Todas Las Disposiciones Legales Contrarias A Este Decreto, El Cual Regirá Desde Su Expedición
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Roberto Urdaneta ArbelaezPresidente de la República
- Luis Ignacio AndradeEl Ministro de Gobierno
- Alfredo Vásquez CarrizosaEl Ministro de Relaciones Exteriores, encargado · encargado
- José Gabriel De La VegaEl Ministro de Justicia
- Antonio Alvarez RestrepoEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- José María BernalEl Ministro de Guerra
- Camilo J. CabalEl Ministro de Agricultura y Ganadería
- Manuel Mosquera GarcésEl Ministro del Trabajo
- Alejandro Jiménez ArangoEl Ministro de Higiene
- Carlos VillavecesEl Ministro de Fomento
- Rodrigo Noguera LabordeEl Ministro de Minas y Petróleos
- Lucio Pabón NúñezEl Ministro de Educación Nacional
- Carlos AlbornozEl Ministro de Correos y Telégrafos
- Jorge LeyvaEl Ministro de Obras Públicas