DecretoVigente
Decreto 2056 de 2014
por el cual se modifica el Círculo Registral de Barranquilla, departamento de Atlántico y la competencia territorial de la Oficina Principal de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá - Zona Sur, departamento de Cundinamarca; y se crean los Círculos Registrales de Soacha (Cundinamarca) y Soledad (Atlántico), con una Oficina Seccional de Registro de Instrumentos Públicos, en cada uno.
7artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Modifícase El Círculo Registral De Barranquilla (Atlántico), El Cual Quedará Así: Oficina De Registro Comprensión Municipal Barranquilla Barranquilla Puerto Colombia Tubará Galapa Baranoa2Modifícase La Competencia Territorial De La Oficina Principal De Registro De Instrumentos Públicos De Bogotá Zona Sur (Cundinamarca), La Cual Quedará Así: Oficina De Registro Competencia Territorial Bogotá, Zona Sur Bogotá, Zona Sur (Inmuebles Ubicados En La Calle 1ª Sur Y Al Sur De Esta, De La Ciudad De Bogotá)3Créanse Los Círculos Registrales De Soacha (Cundinamarca) Y Soledad (Atlántico), Con Una Oficina Seccional De Registro De Instrumentos Públicos, Cada Uno4Modifícase La Competencia Administrativa De La Oficina Principal De Registro De Instrumentos Públicos De Bogotá Zona Sur, La Cual Quedará Así: Oficina De Registro Comprensión Municipal Bogotá, Zona Sur Agua De Dios Cáqueza Girardot Fusagasugá Soacha5Los Círculos Registrales No Enunciados En El Presente Decreto, Conservarán La Circunscripción Territorial Ya Asignada6La Superintendencia De Notariado Y Registro Tendrá Un Plazo De Seis (6) Meses Para La Puesta En Marcha De Las Nuevas Oficinas7El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Modifica En Lo Pertinente A Los Decretos Números 2431, 2432 De 1972, 673 De 1987 Y 1899 De 1989
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