Micelio

Artículo 2

Modifícase La Competencia Territorial De La Oficina Principal De Registro De Instrumentos Públicos De Bogotá Zona Sur (Cundinamarca), La Cual Quedará Así: Oficina De Registro Competencia Territorial Bogotá, Zona Sur Bogotá, Zona Sur (Inmuebles Ubicados En La Calle 1ª Sur Y Al Sur De Esta, De La Ciudad De Bogotá)

Decreto 2056 de 2014 · por el cual se modifica el Círculo Registral de Barranquilla, departamento de Atlántico y la competencia territorial de la Oficina Principal de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá - Zona Sur, departamento de Cundinamarca; y se crean los Círculos Registrales de Soacha (Cundinamarca) y Soledad (Atlántico), con una Oficina Seccional de Registro de Instrumentos Públicos, en cada uno.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Modifícase la competencia territorial de la Oficina Principal de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá Zona Sur (Cundinamarca), la cual quedará así: Oficina de Registro Competencia Territorial Bogotá, Zona Sur Bogotá, Zona Sur (inmuebles ubicados en la calle 1ª Sur y al sur de esta, de la ciudad de Bogotá)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2056 de 2014