DecretoVigente
Decreto 1930 de 1970
Por el cual se abre un crédito al Presupuesto de Rentas e Ingresos, se hacen unos contracréditos y se abren unos créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1970 (Ministerios de Hacienda y Crédito Público y Educacion nacional), por $ 5.000.000.00
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0sentencias
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01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Adiciónanse Los Cómputos Del Presupuesto De Rentas E Ingresos Del Tesoro De La Nación Para La Vigencia Fiscal De 1970, Con La Cantidad De Dos Millones Doscientos Siete Mil Ciento Quince Pesos Con Sesenta Y Un Centavos ($ 22Hácense Los Siguientes Contracréditos Al Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1970: Presupuesto Dé Funcionamiento Ministerio De Hacienda Y Crédito Público Capitulo 140 Ministerio De Hacienda Y Crédito Público3Con Base En Los Recursos Fiscales De Que Tratan Los Artículos Anteriores, Ábrense Los Siguientes Créditos Adicionales Al Presupuesto De Gastos Para La Vigencia, Fiscal De 1970: Presupuesto De Funcionamiento Ministerio De Educación Nacional4El Presente Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición
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